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¿Qué es la retroactividad del convenio colectivo?
La retroactividad del convenio colectivo es un concepto jurídico que se ubica dentro de la negociación colectiva y, por tanto, en el ámbito de la gestión de empresa.
¿A qué nos referimos exactamente cuando hablamos de retroactividad? ¿Qué tiene que ver con el convenio colectivo?
En el artículo de hoy explicamos a los empresarios y departamentos de RRHH todas las claves sobre la retroactividad del convenio colectivo. Además, podrás descargarte gratis nuestro modelo de nóminas en Excel.
¿Qué es el carácter retroactivo del convenio colectivo?
La retroactividad supone aplicar una norma nueva a una situación anterior a dicha norma.
Por lo tanto, la aplicación retroactiva del convenio colectivo es aplicar un convenio colectivo nuevo a una situación que existía antes de este convenio.
El cambio del convenio colectivo y la retroactividad
El artículo 82.4 del Estatuto de los Trabajadores (ET) establece que "el convenio colectivo que sucede a uno anterior puede disponer sobre los derechos reconocidos en aquel. En dicho supuesto se aplicará, íntegramente, lo regulado en el nuevo convenio."
¿Qué significa esto? Quiere decir que un convenio colectivo que se pacta y aplica después de otro, prevalece sobre los derechos reconocidos en el anterior.
Es decir, el convenio posterior o más nuevo es el que debe aplicarse. Los derechos reconocidos en él prevalecen sobre cualquier pacto que se hubiera llevado a cabo con anterioridad. De ahí la última frase de “se aplicará, íntegramente, lo regulado en el nuevo convenio."
De esta manera se produce una sustitución de un convenio por otro, sucediéndose en el tiempo una norma (convenio de trabajadores) por otra.
Corresponde a las partes negociadoras establecer la duración de los convenios, pudiendo eventualmente pactarse distintos períodos de vigencia para cada materia o grupo homogéneo de materias dentro del mismo convenio. ¿Sabías que hay distintos tipos de convenios colectivos?
Salvo pacto en contrario, los convenios colectivos se prorrogarán de año en año si ninguna de las partes se pronunciara sobre su fin. Esto se conoce como ultraactividad de los convenios colectivos, que no es lo mismo que la retroactividad del convenio colectivo, son conceptos distintos.
En el nuevo convenio se pueden haber negociado derechos más desfavorables que los que se habían pactado en el convenio anterior, el cual ya no se aplica porque existe uno nuevo más reciente.
Esto es posible, pero si un trabajador ya había comenzado a disfrutar de un derecho del anterior convenio más favorable que el establecido en el nuevo convenio, no se le puede aplicar el derecho más desfavorable del nuevo convenio.
Es decir, si un trabajador ve empeorado en el nuevo convenio su derecho que ya había empezado a disfrutar, no se le puede aplicar el nuevo derecho que empeora su situación.
Solo se aplicará el nuevo derecho más desfavorable a un trabajador que todavía no había disfrutado de esa situación menos favorable.
En conclusión, la jurisprudencia ha establecido que es totalmente lícito y conforme a ley que un convenio colectivo modifique o altere las normas reguladoras de un convenio anterior. Pero para que estas se puedan aplicar a situaciones nacidas antes del nuevo convenio (retroactividad del convenio colectivo), tiene que detallarse claramente en la norma.
Es decir, la retroactividad del convenio colectivo es la posibilidad de que una nueva norma se aplique a una situación anterior, siempre que se haya establecido de forma clara y concisa.
¿Quieres saber más sobre qué es un convenio colectivo?
Ejemplo de la aplicación retroactiva del convenio colectivo
Imaginemos un convenio colectivo pactado para el año 2022 en el que se establece que el trabajador Z de la empresa X puede disfrutar de 35 días de vacaciones al año.
quote. Recordemos que un convenio colectivo solo puede mejorar las condiciones mínimas del ET. En nuestro ET se establece un mínimo de 30 días naturales de vacaciones al año, así que el convenio colectivo puede establecer un disfrute de 35 días pero no de 29, ya que el mínimo son 30 días. De lo contrario, se estaría empeorando la situación mínima.
Siguiendo con nuestro ejemplo, tras la negociación colectiva se establece en el nuevo convenio que, para el año 2023, en la empresa X las vacaciones serán de 33 días y no de 35 (como en el año 2022).
Este nuevo acuerdo supone una situación menos favorable, ya que se pasa de 35 a 33 días de vacaciones. ¿Es esto lícito? Sí, lo es. Sin embargo, el trabajador Z seguirá disfrutando de sus 35 días de vacaciones al año ya que el nuevo acuerdo entra en vigor después de que él ya estuviera disfrutando de 35 días.
Para que el trabajador Z pase a disfrutar de 35 a 33 días de vacaciones al año (retroactividad del convenio colectivo), se tiene que establecer expresamente y de forma clara y detallada en el nuevo convenio colectivo.
Si no se detalla, no puede haber retroactividad del convenio colectivo, es decir, no se puede aplicar la nueva norma a una situación anterior.
La jurisprudencia ha mantenido que el nuevo convenio puede establecer una regulación más desfavorable para las personas trabajadoras, pero que las nuevas normas no pueden aplicarse retroactivamente a derechos que ya se han materializado y han ingresado en el patrimonio del trabajador.
Es decir, las condiciones más desfavorables solo se aplicarán a nuevas contrataciones, los empleados que ya vengan disfrutando de condiciones más beneficiosas las contractualizaran y no podrán modificarse.
Así pues, la retroactividad del convenio colectivo es una situación que puede darse perfectamente, que es plenamente lícita y que, de hecho, es muy común. Te contamos a continuación cómo automatizamos en PayFit todos los procesos relativos al convenio colectivo de tu empresa.
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