¿Qué convenio de trabajadores tengo que aplicar en mi empresa?

Luna Nogales
Actualizado el 30 noviembre 2022

¿Es correcto hablar de convenio de trabajadores? En realidad, la forma adecuada de denominarlo es convenio colectivo, aunque puede que a veces, de forma incorrecta, se le llame convenio de trabajadores. 

El convenio colectivo es fundamental dentro de la gestión de empresa y por ello es muy importante entender qué es, qué regula y cómo saber qué convenio aplicar a los contratos de tus empleados. Como empresario, saber qué convenio colectivo se aplica en tu empresa es vital para entender qué condiciones mínimas regirán las relaciones laborales en ella.

En el artículo de hoy explicamos a los empresarios y departamentos de RRHH todas las claves sobre el convenio de trabajadores. Además, podrás descargarte gratis nuestra guía de nóminas.

¿Qué es el convenio de los trabajadores?

El convenio colectivo es el acuerdo llevado a cabo entre los representantes de los trabajadores y los empresarios de un sector o empresa determinado, que establece y regula las condiciones laborales de forma vinculante.

En este sentido, se trata de acuerdos que nacen de la negociación colectiva, y que obligan tanto al empresario como a los trabajadores que se vean afectados en el ámbito de aplicación del mismo y durante su periodo de vigencia.

En este artículo, cuando hablemos de convenio de trabajadores, nos estaremos refiriendo a un convenio colectivo, el cual: 

  • Debe realizarse por escrito

  • Debe presentarse ante la autoridad laboral competente en un plazo de 15 días a partir del momento en que se firma, para ser registrado.

  • Debe remitirse al órgano público de mediación, arbitraje y conciliación competente para su depósito.

  • Debe publicarse, obligatoriamente, por parte de la autoridad laboral, en el Boletín Oficial del Estado, comunidad autónoma o de la provincia correspondiente. El plazo para ello será de máximo 20 días desde la presentación del convenio en el registro.

El convenio en el Estatuto de los Trabajadores

Así pues, ¿qué es un convenio colectivo? El convenio de trabajadores o convenio colectivo se regula en el artículo 82 del Estatuto de los Trabajadores (ET) se. En él se establece que los convenios colectivos son el resultado de la negociación desarrollada por los representantes de los trabajadores y de los empresarios. Es decir, son el acuerdo libremente adoptado por las partes. 

Mediante los convenios de trabajadores, y en su ámbito correspondiente, los trabajadores y empresarios regulan las condiciones de trabajo y de productividad.

En el ET también se determina que los convenios colectivos regulados por esta ley obligan a todos los empresarios y trabajadores incluidos dentro de su ámbito de aplicación y durante todo el tiempo de su vigencia.

De todas formas, es importante recalcar que los convenios se negocian sobre unos mínimos, sobre unas condiciones mínimas previstas en el ET de manera que el convenio solo puede mejorar dichas condiciones. 

Además, si concurren causas económicas, técnicas, organizativas y de producción (te las explicamos en nuestro artículo sobre las causas de extinción del contrato de trabajo), los representantes de los trabajadores y empresarios pueden acordar inaplicar las condiciones de trabajo previstas en el convenio. Este acuerdo debe ir precedido de un periodo de consultas. 

Es decir, el empresario no siempre está obligado a aplicar siempre lo recogido en el convenio sino que existen excepciones

Esta inaplicación tiene que afectar a alguna de estas materias

  • Jornada de trabajo.

  • Horario y distribución del tiempo de trabajo.

  • Régimen de trabajo a turnos.

  • Sistema de remuneración y cuantía salarial.

  • Sistema de trabajo y rendimiento.

  • Mejoras voluntarias de la acción protectora de la Seguridad Social.

En el Estatuto de los Trabajadores también se recoge la posibilidad de impugnar el acuerdo alcanzado ante la jurisdicción social en caso de que el convenio se haya firmado con:

  • Fraude

  • Dolo

  • Coacción

  • Abuso de derecho

Cuando hablamos de impugnar nos estamos refiriendo a solicitar que la decisión con la que no estamos de acuerdo sea anulada. Para ello, hay que mostrar razones y argumentos que demuestren que esa decisión debe modificarse o suprimirse. 

Por otro lado, si durante la negociación del acuerdo alguna de las partes se muestra en desacuerdo, puede manifestar su discrepancia a la comisión paritaria del convenio. Esta comisión tendrá que responder en un plazo máximo de 7 días. 

Si la comisión no llega a un acuerdo, entonces habrá que acudir a los procedimientos que se hubieran establecido en los acuerdos de ámbito estatal o autonómico. 

Cuando hablamos de periodo de consultas nos referimos, precisamente, a ese memento de negociación entre las partes. 

En caso de que termine el periodo de consultas y no se haya alcanzado un acuerdo o no se haya resuelto la discrepancia (si es que se da alguna), cualquiera de las partes puede someter la solución de la misma a la Comisión Consultiva Nacional de Convenios Colectivos.

La comisión negociadora estará formada por el conjunto de personas constituido por los representantes de los empresarios y de los trabajadores, y tendrá el objeto de elaborar y confeccionar el convenio colectivo.

¿Cuál es el contenido del convenio colectivo de trabajo?

El convenio contendrá el conjunto de pactos o cláusulas que se han negociado entre las partes representantes. Además, podrá regular materias de índole económica, laboral o sindical, así como las condiciones de empleo y organización.

El Estatuto de los Trabajadores establece unas pautas mínimas para el convenio de trabajadores, pero éste podrá ampliarse según lo que se pacte. Eso sí, el convenio nunca podrá empeorar las condiciones del ET o del contrato laboral, sino que sólo podrá mejorarlas. 

El convenio de trabajadores  deberá expresar, como contenido mínimo:

  • La determinación de las partes que lo conciertan.

  • El ámbito personal, funcional, territorial y temporal.

  • El procedimiento para solucionar discrepancias que puedan surgir para la no aplicación de las condiciones de trabajo.

  • La forma y condiciones de denuncia del convenio, así como el plazo mínimo para la denuncia antes de que finalice su vigencia.

  • La designación de una comisión paritaria de representación de las partes negociadoras para entender las cuestiones establecidas en la ley, así establecer los procedimientos y plazos de actuación (incluyendo el sometimiento a sistemas no judiciales de solución de conflictos).

  • El deber de negociar planes de igualdad en supuestos en que no resulte obligatorio por el número de trabajadores de la plantilla.

El convenio de trabajo tiene el ámbito de aplicación que las partes decidan y acuerden. 

Además, también se pueden acordar cláusulas sobre la estructura de la negociación colectiva. 

Adhesión y extensión

Las partes negociadoras podrán pactar adherirse a otro convenio colectivo en vigor, siempre que estén dentro del campo de aplicación, notificándolo para su registro a la autoridad laboral competente.

Esta adhesión sirve para cubrir posibles lagunas normativas o unificar condiciones de trabajo en ámbitos con semejanzas.

Para que ocurra será necesario:

  • El acuerdo de las partes legitimadas para negociar.

  • La sumisión en la adhesión a la totalidad del convenio colectivo en vigor.

¿Cuál es la vigencia del convenio de trabajadores?

Corresponde a las partes negociadoras establecer la duración de los convenios, pudiendo eventualmente pactarse distintos períodos de vigencia para cada materia o grupo homogéneo de materias dentro del mismo convenio.

Salvo pacto en contrario, los convenios colectivos se prorrogarán de año en año si ninguna de las partes se pronunciara sobre su fin. 

Durante las negociaciones para la renovación de un convenio colectivo, en defecto de pacto, se mantendrá su vigencia.

Las partes podrán adoptar acuerdos parciales para la modificación de alguno o algunos de sus contenidos prorrogados con el fin de adaptarlos. Estos acuerdos tendrán la vigencia que las partes determinen.

En caso de concurrencia de convenio de trabajadores ¿qué se debe hacer?

¿Qué sucede si hay concurrencia de convenios? La concurrencia es cuando hay más de un convenio que se aplica a una misma relación laboral. 

Cuando un convenio esté vigente no puede verse afectado por otro convenio de distinto ámbito salvo que se haya pactado lo contrario. 

De todas formas, los convenios pueden ser complementarios y no contradictorios y esto puede permitir su aplicación de forma simultánea sin generar conflicto.

El convenio de empresa tiene siempre prioridad aplicativa respecto al estatutario en determinadas materias. Por otro lado, un nuevo convenio posterior a otro que ya existe, deja suspendido y sin efecto al más antiguo, salvo los aspectos que expresamente se mantengan. 

Los convenios de trabajadores en el ámbito digital.

La negociación colectiva también tiene su hueco en el ámbito digital laboral. Con el auge de las tecnologías, la protección de datos en el ámbito laboral ha cobrado una especial relevancia. De hecho, el artículo 91 de la Ley Orgánica de Protección de Datos recoge que:

“Los convenios colectivos podrán establecer garantías adicionales de los derechos y libertades relacionados con el tratamiento de los datos personales de los trabajadores y la salvaguarda de derechos digitales en el ámbito laboral”.

¿Cuáles son los convenios de trabajadores?

La primera clasificación de los convenios colectivos de trabajo es estatutarios o extraestatutarios, según si se negocia bajo las exigencias del ET o no. Los extraestatutarios no se publican en ningún lado y se llaman así porque no reúnen las condiciones para ser considerado como estatutario. 

Además, los estatutarios obligan a todas los empresarios y trabajadores de su ámbito y el extraestatutario solo a las partes que lo hayan firmado. 

Una segunda clasificación es: 

  • Ámbito estatal

  • Sectoriales

  • Grupo de empresas

  • De empresa y ámbito inferior

Algunos convenios existentes son: 

¿Qué convenio colectivo de trabajo tengo que aplicar en mi empresa?

¿Te preguntas cómo saber el convenio colectivo de mi empresa? El sector en que se desarrolla la actividad de la empresa y el área geográfica son los factores que determinarán qué convenio colectivo se aplicará.

En caso de duda, siempre es posible consultar a la Comisión Consultiva Nacional de Convenios Colectivos, aunque sus dictámenes no son vinculantes y no es un órgano que ofrezca respuestas inmediatas.

Para la correcta aplicación del convenio colectivo tendrás consultar, en primer lugar, el ámbito funcional del mismo. En él se describe la actividad principal de las empresas que deben aplicar dicho convenio.

Además, tendrás que revisar el ámbito territorial ya que indicará el ámbito geográfico de aplicación del convenio. Así como el ámbito personal, que delimitará en profundidad las empresas afectadas y las excluidas de la aplicación del convenio colectivo.

Como empresa, ¿puedo cambiar el convenio de trabajadores? 

No, la empresa no puede decidir libremente qué convenio colectivo debe aplicar sino que le corresponderá uno u otro en función de la actividad económica y el ámbito territorial.

En caso de no estar aplicando un convenio correcto, deberá modificarlo siguiendo un procedimiento específico de conflicto colectivo, pero en ningún caso a partir de una modificación sustancial de las condiciones de trabajo.

Desde el punto de vista del empleado, únicamente los representantes legales de los trabajadores pueden iniciar un procedimiento de conflicto colectivo para solicitar la modificación del mismo.

¿Qué prevalece, el convenio colectivo o el contrato de trabajo?

El Estatuto prevalece sobre el convenio, y el convenio sobre el contrato de trabajo. de todas formas y como hemos dicho, el convenio nunca podrá empeorar las condiciones del ET o del contrato, sino que sólo podrá mejorarlas. 

Del mismo modo, el contrato puede mejorar las condiciones del convenio, nunca empeorarlas. 

¿Hay sanción por no aplicar el convenio colectivo correcto?

Aplicar un convenio colectivo diferente al propio de la actividad desarrollada por la empresa, cuando las condiciones laborales y salariales reflejadas en el mismo son inferiores a las contempladas en el de pertinente aplicación, supone un perjuicio para los trabajadores.

De esta forma, se vulnera el artículo 3.3 del Estatuto de los Trabajadores, en cuanto se aplica una norma pactada que no es más favorable para el trabajador.

Ante esta falta los trabajadores podrían demandar judicialmente a la empresa. Además, existe un procedimiento específico respecto a la interpretación y aplicación de los convenios colectivos por el cual los sujetos legitimados pueden instar a que se dicte una sentencia en un plazo de 3 días obligando al empresario a la aplicación de un determinado convenio.

La reclamación judicial podrá interponerse para exigir el derecho a la aplicación del convenio colectivo correcto, o bien para el resarcimiento de los derechos que no han sido respetados. Esta posible reclamación por el cobro de cantidades se podrá retraer a 12 meses e implicará la cotización con efectos retroactivos.

Como has visto a lo largo del artículo, los convenios de trabajadores o convenios colectivos son una cuestión compleja. Requieren de un conocimiento profundo y es muy importante, como empresario, saber aplicarlos y atenerse a las cláusulas establecidas en ellos. 

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