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¿Qué es el riesgo durante el embarazo?
La gestación conlleva consigo una serie de consideraciones relacionadas con la salud tanto de la mujer embarazada como del feto. En este contexto, el riesgo durante el embarazo se refiere a situaciones en las cuales la trabajadora embarazada ocupa un puesto laboral que podría tener efectos adversos para su salud o la del futuro bebé.
Por ello, es fundamental reconocer y abordar estas circunstancias, ya que la exposición a determinados riesgos laborales puede tener implicaciones significativas. ¿Tienes dudas sobre cómo gestionar las situaciones de riesgo durante el embarazo de tus trabajadoras? En el siguiente artículo te detallamos cuándo se da está situación y qué debes hacer.
¿Qué es la situación de riesgo durante el embarazo?
La situación de riesgo durante el embarazo se produce cuando los agentes, condiciones o los procedimientos del puesto de trabajo pueden influir negativamente en la salud de la madre gestante y/o la del feto. Si se da dicho supuesto, la empresa debe adoptar medidas preventivas complementarias para tratar de eliminar el riesgo inherente al puesto de trabajo o funciones de la persona embarazada.
📚 ¿Cuál es la diferencia entre embarazo de riesgo y riesgo durante el embarazo?
Es importante diferenciar ambos conceptos, ya que el embarazo de riesgo es una situación clínica del propio embarazo. En ella, la persona embarazada presenta alguna patología médica que supone un riesgo para la madre y/o feto, pero no está relacionado con el puesto de trabajo o funciones desempeñadas.
Para que se produzca una situación de riesgo durante el embarazo es necesario que exista una causa de incompatibilidad basada en las condiciones laborales de la persona embarazada. Resulta requisito indispensable que haya una relación directa entre la prestación de servicios y la influencia negativa en la salud de la madre o del feto.
La empresa deberá adoptar las medidas preventivas oportunas, según lo previsto en la Ley de prevención de riesgos laborales, para paliar los efectos negativos que pueda tener la prestación de servicios de la persona embarazada. Si a pesar de tomar las medidas preventivas correspondientes, se considera que sigue existiendo riesgo en la prestación de servicios, la trabajadora embarazada podrá suspender su contrato de trabajo por riesgo durante el embarazo.
¿Cómo es la suspensión del contrato por riesgo durante el embarazo?
La trabajadora podrá solicitar a los servicios médicos de la mutua con la que la empresa tenga concertadas las contingencias profesionales o al INSS que certifique si las condiciones de su puesto de trabajo pueden contribuir negativamente en su salud, o la de su feto. Para ello se requerirá:
El informe médico del Servicio Público de Salud en el que se acredite la situación de riesgo durante el embarazo.
La evaluación de riesgos del puesto de trabajo en el que la trabajadora presta servicios, o el informe del servicio de prevención de la empresa sobre el riesgo existente en el puesto.
La declaración empresarial que describa la exposición al riesgo, el detalle de las actividades llevadas a cabo por la trabajadora, las condiciones del puesto de trabajo, su categoría y el riesgo específico existente, así como la inexistencia de otro puesto compatible con su estado.
No será necesario presentar el informe médico del Servicio Público de Salud en el que se acredite la situación de embarazo, cuando se aporte la certificación médica que acredite el riesgo si se expide por el INSS.
En los supuestos de socias de sociedades cooperativas o laborales, la declaración empresarial de la exposición al riesgo será emitida por el gerente o administrador de la sociedad.
Asimismo, una vez analizada toda la documentación aportada, será la mutua o el INSS el organismo encargado certificar la existencia del riesgo para la salud de la trabajadora y/o el feto. Por está razón, la empresa será la responsable de justificar la imposibilidad de adaptar las condiciones o el cambio de puesto, tras lo cual se podrá suspender el contrato de la empleada por riesgo durante el embarazo.
💡 ¿Sabías qué?
Paralelamente a la suspensión, la trabajadora podrá solicitar la prestación por riesgo durante el embarazo.
¿En qué consiste la prestación por riesgo durante el embarazo?
El objeto de la prestación es tratar de cubrir la pérdida económica que se da durante el período de suspensión del contrato por riesgo durante el trabajo.
¿Cuáles son los requisitos?
Se exige el cumplimiento de dos requisitos por parte de la trabajadora en situación de suspensión del contrato de trabajo:
1️⃣ Estar afiliada y en situación de alta.
2️⃣ Estar al corriente en el pago de las cuotas de las que sea responsable directa.
3️⃣ No se exige período mínimo de cotización al derivarse de contingencias profesionales.
⏺️ En las situaciones de pluriactividad resulta necesario tener presente que:
La trabajadora generará el derecho a la prestación en cada uno de los regímenes si reúne los requisitos necesarios.
La percepción de la prestación será compatible con el mantenimiento de aquellas actividades que la trabajadora ya viniera desempeñando con anterioridad o pudiera comenzar a desempeñar y que no impliquen riesgo durante el embarazo.
¿Cuál es la cuantía a percibir?
La cuantía de la prestación consistirá en el 100% de la base reguladora equivalente a la incapacidad temporal derivada de contingencias profesionales, tomando como referencia la fecha en que se inicie la suspensión del contrato.
En el supuesto de trabajadoras a tiempo parcial la base reguladora será el resultado de sumar las bases de cotización de los 3 últimos meses (anteriores a la fecha de inicio de la suspensión) y dividirlo entre los días naturales cotizados.
Además, es importante que tengas en cuenta que si la antigüedad de la trabajadora es inferior a los 3 últimos meses, la base reguladora será el resultado de dividir la suma de las bases de cotización acreditadas entre el número de días naturales a que éstas correspondan.
En aquellos casos, en los que la trabajadora este bajo el contrato formación y aprendizaje (o contrato 421) la base reguladora será:
La base mínima de cotización del Régimen General, para contratos de formación y aprendizaje.
La base mínima correspondiente al grupo 1 de cotización al Régimen General, si se trata de personal investigador en formación.
¿Cuál es la duración de dicha prestación?
El derecho a percibir la prestación nacerá el mismo día que se inicie la suspensión del contrato de trabajo por riesgo durante el embarazo y se abonará durante el período de suspensión.
El percibo de la prestación finalizará el día que de comienzo la suspensión del contrato por nacimiento y cuidado del menor, o cuando desaparezca la imposibilidad de la trabajadora de reincorporarse a su puesto o a otro compatible con su estado.
El derecho al subsidio puede ser denegado, anulado, suspendido o extinguido cuando:
¿Cómo se hace la gestión y el pago de la prestación?
La entidad gestora o la Mutua Colaboradora serán las encargadas de gestionar y efectuar el pago de la prestación económica. Por ende, el pago se realizará a mes vencido, por períodos mensuales, y en el momento de hacer efectivo el pago se deducirá del importe:
Las aportaciones del trabajador relativas a las cotizaciones a la Seguridad Social, desempleo y formación profesional que procedan.
La retención por IRPF.
En otras palabras, el reconocimiento del derecho al subsidio corresponde a la Entidad gestora o a la Mutua Colaboradora con la Seguridad Social con la que tenga concertada la empresa la cobertura de las contingencias profesionales.
Para su solicitud la trabajadora deberá presentar la documentación dirigida a la Dirección provincial competente de la Entidad gestora de la provincia en que tenga su domicilio o ante Mutua Colaboradora con la Seguridad social que le corresponda.
En conclusión, la atención y consideración hacia el riesgo durante el embarazo en el ámbito laboral son esenciales para salvaguardar la salud tanto de la mujer embarazada como del feto. Las medidas de protección, como la prestación por riesgo durante el embarazo, desempeñan un papel crucial al ofrecer soluciones prácticas cuando el entorno de trabajo presenta amenazas potenciales. Por ello, abordar de manera proactiva los riesgos durante el embarazo, se contribuye no solo a la salud individual de las trabajadoras, sino también a la construcción de entornos laborales más equitativos y compasivos.
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